“Basta con un apoyo puntual en un caso concreto y no incapacitación total, eso es matar moscas a cañonazos.”

25 Feb, 2015

La charla a familias ofrecida ayer al alimón por la Fundación AEquitas y la Fundación de Familias y Enfermos de Trastorno Límite de Personalidad/ AMAI-TLP; consiguió destacar por encima de todo lo mencionado la necesidad de conocer el tipo de bienes de la familia y  las necesidades del paciente antes de realizar un proceso de disposiciones testamentales.Durante la tarde de ayer, tuvo lugar la segunda jornada del Ciclo de charlas a familias afectadas por algún tipo de enfermedad mental. AMAI-TLP ha colaborado, como señalábamos anteriormente, junto con AEquitas y El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, que cedió su espacio para las jornadas.  El objetivo de esta iniciativa es principalmente dar a conocer, a lo largo de los tres días,  las posibilidades del actual marco jurídico de la discapacidad, así como sus alternativas.

En esta segunda ponencia, hemos contado con la experiencia de la notaria y directora de Fundación Aequitas, Almudena Castro-Girona, quien expuso de una manera alejada del lenguaje puramente jurídico, las diversas formas de disposiciones testamentarias que existen.

En primer lugar hizo alusión a la idea de que este tipo de preguntas nos las hacemos todas las personas alguna vez en nuestra vida, tengamos o no familiares discapacitados pero aun hoy son desconocidos los instrumentos para llevarlo a cabo, sobre todo cuando el problema de la incapacitación está alojado en los hogares. Por ello, Castro-Girona planteó estas figuras concretas y puntuales que sirvan como percha para después consultar con el profesional correspondiente.

Aludiendo a la última modificación de Código Civil con respecto a este tema, Castro Girona comenzó a exponer aquellas posibilidades en la que no es necesario el tutelaje y la incapacidad absoluta, como aquel que alude a la transmisión de facultades al cónyuge para la distribución de bienes (artículo 832 del C. Civil), el poder preventivo,  las voluntades médicas anticipadas, el patrimonio protegido o la donación.

Por otra parte, refiriéndose ahora aquellos modelos en los que sí es necesaria la incapacitación absoluta,  Almudena Castro Girona, aseguró : “Hay que modificar o crear un sistema distinto al que hay ahora en la incapacitación, que impide una persona actuar mediante un sello, cuando por otro lado se lucha por la integración de estas personas”.  Es por esto que la notaria sentenció “Si es totalmente necesario la incapacitación, hay que modelarla, haciendo trabajar al sistema jurídico”.

IMG_20150223_210753

Dicho esto, explicó también que el proceso de incapacitación es muy duro, sobre todo si no se habla previamente con los hijos. El sistema comienza ni más ni menos que con una demanda a los hijos, de la cual ellos reciben una notificación judicial y la llamada a realizarse las pruebas mediante habilidades médicas.  Es precisamente por esto último por lo cual Castro Girona cree imprescindible que la demanda sea un auténtico traje a medida de la persona incapaz, ya que solo así se podrá establecer claramente donde o no se establece el apoyo.

Una de estas figuras de incapacitación parcial, fue la curatela, expuesta ya en la anterior jornada y de la cual aseguró que, en ella, se encuentran el 90% de personas con discapacidad mayores de edad.

Resumiendo las palabras de la ponente y su mensaje tranquilizador a los familiares que ayer tarde se encontraban en el salón de actos del ICAM, “No hay por qué saber todas estas cosas, sino saber cuál es la situación familiar, qué bienes tengo, qué necesidades tiene mi hijo, qué pueden ser esa persona de apoyo, quiénes puedes ser los controladores de ese tutor… obligando a su señoría a dar el procedimiento contrario al habitual, una sentencia tipo de incapacidad total”

En conclusión, podemos asegurar pues que donde parecía haber muy pocas posibilidades hay muchas y es necesario el asesoramiento técnico para cada caso concreto, con la intención de que este surta el efecto deseado.

 

Actualización (Septiembre 2021): Conoce la nueva ley: https://www.amaitlp.org/blog/nueva-ley-8-2021-y-las-novedades-que-ha-traido/

Acerca del autor

AMAI TLP

AMAI TLP

AMAITLP

AMAI TLP, es la Asociación Madrileña de Ayuda e Investigación al Trastorno Límite de la Personalidad.

Únete para recibir notificaciones sobre eventos y noticias