Los ingresos psiquiátricos involuntarios suponen una vulneración de los Derechos Humanos y un ataque directo a la dignidad de las personas con problemas de salud mental.
10 cosas que se deben saber ante un ingreso involuntario:
- Un ingreso involuntario no es lo mismo que una incapacitación. El ingreso involuntario consiste en ingresar a una persona en un centro psiquiátrico sin su consentimiento, mientras que la incapacitación es un procedimiento judicial por el que se priva a la persona de su capacidad de obrar.
- El ingreso involuntario es una medida que depende del criterio médico y requiere siempre una autorización judicial, también si la persona está sometida a patria potestad o tutela.
- La autorización judicial será previa al ingreso involuntario excepto en casos de ingresos de urgencia, donde el responsable del ingreso en el centro médico tendrá 24 horas para informar al juzgado.
- El juzgado tiene un plazo de 72 horas para ratificar o no el ingreso involuntario desde que este llega a conocimiento del tribunal.
- El juzgado realizará un examen personal con dictamen del médico forense.
- Tienes derecho a contar con un abogado y procurador de tu confianza o a pedirle al juez que te designe un abogado del Turno de Oficio para la vista del ingreso involuntario.
- Se deberá respetar el derecho a la práctica de pruebas, el derecho a informar al paciente de su ingreso y el derecho a conocer los motivos del ingreso en términos comprensibles.
- El auto que ratifique el ingreso ha de ser motivado y notificado siempre al interesado.
- El auto se puede recurrir en apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de hasta 20 días hábiles.
- Si se incumplieran cualquiera de los puntos anteriores el ingreso sería NULO de pleno.